DecretoVigente
Decreto 2758 de 1979
Por el cual se modifican los artículos 1º y 2º del Decreto 2778 de 1977
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modificanse Los Artículos 1º Y 2º Del Decreto Número 2778 De 1977, Los Cuales Quedarán Así: "artículo 1º Los Consejeros Intendenciales Y Comisariales Tienen Derecho A Percibir, Con Cargo A Los Respectivos Presupuestos De Las Intendencias Y Comisarías, La Suma De Mil Pesos ($ 12Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
03