DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2710 de 1990
por el cual se dictan medidas encaminadas a garantizar el desarrollo del proceso electoral del 9 de diciembre de 1990, se modifica el Decreto legislativo 1926 de 1990 y se dictan otras disposiciones.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio Todo El Territorio Nacional, El Artículo 9° Del Decreto Legislativo 1926 De 1990, Quedará Así: “artículo 9° En Caso De Que No Se Hayan Aceptado Previamente Las Candidaturas, No Se Comprueben Las Calidades Exigidas Para Ser Miembro Delegatario A La Asamblea O No Se Haya Dado Cumplimiento Al Requisito De La Proclamación De Candidaturas, Los Delegados Del Registrador Nacional Del Estado Civil Rechazarán La Inscripción, Mediante Decisión Que No Admite Ningún Recurso, La Cual, Sin Embargo, Debe Ser Consultada Ante El Consejo Nacional Electoral, Quien Decidirá De Plano Y Sin Sujeción A Trámite Alguno”2El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación, Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto 1038 de 1984, y
- Julio César Sánchez GarcíaEl Ministro de Gobierno
- Rodrigo Pardo García-PeñaEl Viceministro de Relaciones Exteriores encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores · encargado
- Jaime Giraldo ÁngelEl Ministro de Justicia
- Rudolf Hommes RodríguezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Oscar Botero RestrepoEl Ministro de Defensa Nacional
- Fidel Humberto Cuéllar BoadaEl Viceministro de Agricultura encargado de las funciones del Despacho de la Ministra de Agricultura · encargado
- Ernesto Samper PizanoEl Ministro de Desarrollo Económico
- Luis Fernando Vergara MunárrizEl Ministro de Minas y Energía
- Alfonso Valdivieso SarmientoEl Ministro de Educación Nacional
- Francisco Posada De La PeñaEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Camilo González PossoEl Ministro de Salud
- Alberto Casas SantamaríaEl Ministro de Comunicaciones
- Juan Felipe Gaviria GutiérrezEl Ministro de Obras Públicas y Transporte