DecretoVigente
Decreto 269 de 1956
Por el cual se aprueba el Decreto número 29 de 19 enero de 1956, expedido por la Gobernación de Antioquia
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 11Créanse Dos Cargos De Censores Oficiales De Prensa, Con Un Sueldo Mensual De Mil Pesos ($ 12Los Censores Deben Reunir Los Mismos Requisitos Exigidos Para Ser Visitador Administrativo Del Departamento, O Sea Haber Terminado Estudios En Una Facultad De Derecho, Y Haber Aprobado Todas Las Materias Comprendidas En El Pénsum De Esas Facultades3Para El Ejercicio De Sus Funciones, Los Censores De Prensa Estarán Sometidos A Las Instrucciones Que Les Den El Gobernador Y El Secretario De Gobierno4La Partida Necesaria Para Dar Cumplimiento Al Presente Decreto, Se Tomará Del Artículo 5° Del Presupuesto De La Actual Vigencia, Para Lo Cual Se Harán Los Traslados Necesarios5Este Decreto Rige Desde Su Aprobación Por El Gobierno Nacional2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
03