DecretoVigente
Decreto 2660 de 1998
por el cual se establecen los criterios para la fijación de tarifas del servicio de transporte público municipal, distrital y/o metropolitano de pasajeros y/o mixto.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1De Conformidad Con Lo Previsto En El Decreto-Ley 80 De 1987 Y En Concordancia Con Lo Establecido En El Decreto 1558 De 1998, Le Corresponde A Las Autoridades Municipales, Distritales Y/O Metropolitanas Fijar Las Tarifas Para El Transporte Público De Pasajeros Y/O Mixto, En Su Jurisdicción2Los Incrementos De Las Tarifas Deben Corresponder A Estudios Técnicos Elaborados Para Cada Clase De Vehículo Y Nivel De Servicio, A Través De Una Estructura De Costos De Transporte Que Incluya Los Costos Variables, Costos Fijos Y Costos De Capital3El Ministerio De Transporte Por Medio De Resolución Establecerá La Metodología Para La Elaboración De Los Estudios De Costos4Las Respectivas Autoridades Locales Deberán Tener En Cuenta Para La Fijación De Tarifas, El Estudio De Costos Elaborado Para Cada Clase De Vehículos Y Nivel De Servicio, El Índice De Inflación, Los Efectos Que Sobre Los Costos Tiene El Mejoramiento De La Infraestructura Vial, El Aumento De Los Índices De Ocupación Y La Racionalización De Rutas Y Frecuencias5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Normas Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto 2263 Del 22 De Diciembre De 1995
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 29 de la Ley 336 de 1996
- Mauricio Cárdenas SantamaríaEl Ministro de Transporte