°. Los incrementos de las tarifas deben corresponder a estudios técnicos elaborados para cada clase de vehículo y nivel de servicio, a través de una estructura de costos de transporte que incluya los costos variables, costos fijos y costos de capital.
Decreto 2660 de 1998 →Vigente
Artículo 2
Los Incrementos De Las Tarifas Deben Corresponder A Estudios Técnicos Elaborados Para Cada Clase De Vehículo Y Nivel De Servicio, A Través De Una Estructura De Costos De Transporte Que Incluya Los Costos Variables, Costos Fijos Y Costos De Capital
Decreto 2660 de 1998 · por el cual se establecen los criterios para la fijación de tarifas del servicio de transporte público municipal, distrital y/o metropolitano de pasajeros y/o mixto.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.