DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2650 de 1954
Por el cual se modifica el artículo 3º del Decreto legislativo número 2565 de 1953, y se dictan otras disposiciones
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Del Decreto Legislativo Número 2565 De 1953, Y De Los Fondos Que Fueron Trasladados Por La Extinguida Comisaría De Casanare Al Tesorero Departamental De Boyacá, Serán Entregados Al Contador Del Grupo De Caballería Número 1 "páez", Para Ser Invertidos Directamente Por El Jefe Civil Y Militar De Casanare En Las Obras Y Servicios Autorizados Por El Decreto Citado2Artículo 23Artículo 3
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Teniente General Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Luis Caro EscallónEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Gabriel París GEl Ministro de Guerra
- Juan Guillermo Restrepo JEl Ministro de Agricultura
- Cástor Jaramillo ArrublaEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejíaEl Ministro de Salud Pública
- Manuel ArchilaEl Ministro de Fomento
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Minas y Petróleos
- Aurelio Caicedo AyerbeEl Ministro de Educación Nacional
- Brigadier General Gustavo Berrío MEl Ministro de Comunicaciones
- Capitán De Navío Rubén PiedrahitaEl Ministro de Obras Públicas