DecretoVigente
Decreto 2516 de 1998
por el cual se modifican parcialmente los Decretos 326 y 1818 de 1996, 1485, 2136 y 3069 de 1997 y 819 de 1998.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Suspéndase La Vigencia Del Régimen De Recaudación De Aportes Para El Sistema De Seguridad Social Integral Establecido En El Decreto 326 De 1996, Y Modificado Por Los Decretos 1818 De 1996, 1485, 2136 Y 3069 De 1997 Y 819 De 19982El Pago De Los Aportes Al Sistema De Seguridad Social Integral Continuará Haciéndose Conforme A Las Disposiciones Que Se Encontraban Vigentes El Día 31 De Octubre De 19983No Habrá Lugar Al Pago De Intereses De Mora, Ni A La Aplicación De Sanción Alguna Por La Presentación Extemporánea De Las Declaraciones Correspondientes A Los Aportes Al Sistema De Seguridad Social Integral Que Haya Tenido Como Causa La Suspensión De Vigencia Ordenada En El Artículo 1° Del Presente Decreto4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica Parcialmente Los Decretos 326 Y 1818 De 1996, 1485, 2136 Y 3069 De 1997 Y 819 De 1998
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política
- Juan Camilo Restrepo SalazarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Fabio Olmedo Palacio ValenciaEl Viceministro de Trabajo y Seguridad Social encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Trabajo y Seguridad Social · encargado