DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2510 de 1955
Por el cual se autoriza al Gobierno para emitir unas libranzas
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorízase Al Gobierno Para Emitir Libranzas O Pagarés A Cargo De La Nación, Hasta Por La Cantidad De Quince Millones Setecientos Cincuenta Mil Pesos ($ 152El Gobierno Podrá Celebrar Contratos Para El Descuento De Los Documentos De Deuda Pública De Que Trata Este Decreto, Estipulando En Ellos Que Tales Documentos Serán Cancelados Con Los Dineros Provenientes Del Empréstito Del Banco Internacional De Reconstrucción Y Fomento, Y Que Si El Empréstito No Se Formaliza Dentro Del Plazo Que Se Señala En Los Pagarés O Libranzas Descontados, El Pago Se Hará Con Las Partidas Incluidas En El Presupuesto3Los Documentos De Que Trata Este Decreto Podrán Ser Descontados Por El Banco De La República, Y Tales Operaciones No Afectarán El Cupo Legal Del Gobierno En Dicha Institución4Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- General Jefe Supremo Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Luis Caro EscallónEl Ministro de Justicia, encargado del Ministerio de Salud Pública · encargado
- Brigadier General Gabriel ParísEl Ministro de Guerra
- Juan Guillermo Restrepo JEl Ministro de Agricultura
- Castor Jaramillo ArrublaEl Ministro del Trabajo
- Manuel Archila MEl Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público · encargado
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Minas y Petróleos, encargado del Despacho de Educación Nacional · encargado
- Brigadier General Gustavo Berrío MEl Ministro de Comunicaciones
- Contraalmirante Rubén Piedrahita AEl Ministro de Obras Públicas