DecretoVigente
Decreto 24 de 2004
por el cual se corrigen unos yerros de transcripción en los Decretos 3803 y 3804 del 30 de diciembre de 2003.
4artículos
0arts. con control
2sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
La Corte se ha pronunciado 2 veces sobre esta norma, revisando 0 artículos sin inexequibilidades. Entra a cada artículo para ver su cronología completa.
2Exequible
Sentencias que la revisaron · 2
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Corríjase El Yerro Caligráfico Contenido En El Párrafo Inicial Del Inciso 1° Del Artículo 6° Del Decreto 3803 Del 30 De Diciembre De 2003, El Cual Quedará Como A Continuación Se Transcribe: “artículo 6°2Corríjanse Los Yerros Cometidos En El Numeral Ii Del Artículo 1° Del Decreto 3804 Del 30 De Diciembre De 2003, En Los Encabezados Contenidos En La Primera Columna De Las Páginas 3, 4 Y 5, Los Cuales Quedarán Así: “con Referencia 2003” Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Corrige Yerro (Numeral 11 ) Artículo 1 Decreto 3804 De 20033Lo Dispuesto En Los Artículos Anteriores Deberá Entenderse Incorporado Al Texto De Los Decretos 3803 Y 3804 Del 30 De Diciembre De 2003, Respectivamente4El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en especial de la establecida en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en desarrollo de lo previsto en el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913 y en los artículos 868 y 869 del Estatuto Tributario, y
- Juan Ricardo Ortega LópezEl Viceministro de Hacienda, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado