°. Corríjase el yerro caligráfico contenido en el párrafo inicial del inciso 1° del artículo 6° del Decreto 3803 del 30 de diciembre de 2003, el cual quedará como a continuación se transcribe: “Artículo 6°. Cuando el asalariado obtenga ingresos provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria que en el año inmediatamente anterior hayan sido inferiores al tope establecido en el artículo 2° y opte por la disminución por pagos de salud y educación, deberá cumplir las siguientes condiciones.”
Decreto 24 de 2004 →Vigente
Artículo 1
Corríjase El Yerro Caligráfico Contenido En El Párrafo Inicial Del Inciso 1° Del Artículo 6° Del Decreto 3803 Del 30 De Diciembre De 2003, El Cual Quedará Como A Continuación Se Transcribe: “artículo 6°
Decreto 24 de 2004 · por el cual se corrigen unos yerros de transcripción en los Decretos 3803 y 3804 del 30 de diciembre de 2003.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.