DecretoVigente
Decreto 2364 de 2001
por el cual se autoriza habilitar locales diferentes a las sedes de Embajadas y Consulados para inscripción de cèdulas y sufragar en el exterior.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los artículos 189 numeral 2, 171 y 176 de la Constitución Política, el artículo 1º de la Ley 649 de 2001 y 116 del Decreto 2241 de 1986, y
- Armando Estrada VillaEl Ministro del Interior
- Guillermo Fernández De SotoEl Ministro de Relaciones Exteriores