DecretoVigente
Decreto 2286 de 1989
Por el cual se crean unos cargos de Fiscales.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
2Créanse Los Siguientes Cargos De Fiscales Y Asistentes Judiciales Ante Los Juzgados Superiores, Superiores De Aduanas, Juzgados Del Circuito Penal, Agrario, Laboral, De Instrucción Criminal Y De Instrucción Penal Aduanera2Créanse Los Siguientes Cargos De Fiscales Y Asistentes Judiciales Ante Los Juzgados Superiores, Superiores De Aduanas, Juzgados Del Circuito Penal, Agrario, Laboral, De Instrucción Criminal Y De Instrucción Penal Aduanera3El Procurador General De La Nación, Determinará Para Cada Distrito Judicial El Número De Fiscales Que Actuarán Ante Las Distintas Categorías De Juzgados Y Podrá Asignar Varios Fiscales A Un Solo Circuito O Círculo Superior O Juzgados De Instrucción Criminal, Con Precisión Del Ámbito De Su Competencia Por Juzgados Y Materias, Así Como Adscribir Varios Circuitos, Círculos Superiores O Grupos De Juzgados De Instrucción Criminal A Una Sola Fiscalía, Caso En El Cual Señalará La Sede De Ésta4Los Funcionarios Que Actualmente Desempeñen El Cargo De Procuradores Agrarios Grado 21 Cuya Competencia Resulta Desplazada Por Los Fiscales Ante La Jurisdicción Agraria Serán Redistribuidos En La Planta De Personal De La Procuraduría General De La Nación Con Las Funciones Que El Procurador General Les Asigne5El Presente Decreto Rige A Partir Del 1º De Marzo De 1990 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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