DecretoVigente
Decreto 2269 de 2019
por el cual se modifican parcialmente las funciones y estructura de la Unidad Administrativa Especial Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado
13artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1°2Adiciónese El Ordinal Xiv Al Numeral 3 Del Artículo 6° Del Decreto Ley 4085 De 2011, Modificado Por Los Decretos 915 De 2017 Y 1698 De 2019, El Cual Quedará Así: “(Xiv) Coordinar Y Asumir La Defensa Jurídica Del Estado Ante La Corte Penal Internacional, En Aquellos Casos En Los Que Sea Necesario Invocar El Principio De Complementariedad U Otras Causas Y Litigar Esta Cuestión Ante La Corte Penal Internacional3Modifíquese El Parágrafo 3° Y Adiciónense Los Parágrafos 5°, 6° Y 7° Al Artículo 6° Del Decreto Ley 4085 De 2011, Los Cuales Quedarán Así: “parágrafo 3°4Modifíquese El Artículo 8° Del Decreto Ley 4085 De 2011, El Cual Quedará Así: “artículo 8°5Modifíquese El Artículo 10 Del Decreto Ley 4085 De 2011, El Cual Quedará Así: “artículo 106Modifíquese El Artículo 11 Del Decreto Ley 4085 De 2011, El Cual Quedará Así: “artículo 117Modifíquese El Artículo 16 Del Decreto Ley 4085 De 2011, El Cual Quedará Así: “artículo 168Modifíquese El Artículo 17a Del Decreto Ley 4085 De 2011, El Cual Quedará Así: “artículo 17a9Modifíquese El Artículo 17b Del Decreto Ley 4085 De 2011, El Cual Quedará Así: “artículo 17b10Modifíquese El Artículo 18 Del Decreto Ley 4085 De 2011, El Cual Quedará Así: “artículo 1811Modifíquese El Artículo 20 Del Decreto Ley 4085 De 2011, El Cual Quedará Así: “artículo 2012Modifíquese El Artículo 21 Del Decreto Ley 4085 De 2011, El Cual Quedará Así: “artículo 2113El Presente Decreto Rige A Partir Del 1° De Enero De 2020, Modifica En Lo Pertinente El Decreto Ley 4085 De 2011, El Decreto 915 De 2017 Y El Decreto 1698 De 2019 Y Deroga El Artículo 19 Del Decreto Ley 4085 De 2011
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Iván Duque MárquezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las previstas en el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y en el artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Margarita Leonor Cabello BlancoLa Ministra de Justicia y del Derecho
- Fernando Grillo RubianoEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública