DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2213 de 1954
Por el cual se hacen unas traslaciones y se modifica la leyenda de una apropiación en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Deuda Pública Nacional)
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 2424Para Atender Al Servicio De Amortización, Pago De Intereses, Comisiones Y Demás Gastos De Los "bonos De La Defensa Económica Nacional" (Denal) De Las Clases "a", "b", "c" Y "d", Del 6% Anual, Autorizados Por La Ley 45 De 1942, De Conformidad Con El Contrato De Fideicomiso Celebrado Con El Banco De La República El 21 De Diciembre De 1942 (Diario Oficial Número 25312 De 3 De Agosto De 1943), Así: 2° Bonos De La Clase "b" 1306De La Sección Del Actual Presupuesto De Gastos, Correspondiente Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, La Cual Queda Así: A2a3Artículo 3
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Teniente General Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Brigadier General Gabriel ParísEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Gustavo Berrío MuñozEl Ministro de Guerra, encargado del Ministerio de Comunicaciones · encargado
- Brigadier General Arturo CharyEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Aurelio Caicedo AyerbeEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejíaEl Ministro de Salud Pública
- Alfredo Rivera ValderramaEl Ministro de Fomento
- Pedro Nel Rueda UribeEl Ministro de Minas y Petróleos
- Daniel Henao HenaoEl Ministro de Educación Nacional
- Santiago Trujillo GómezEl Ministro de Obras Públicas