DecretoDerogado
Decreto 2135 de 1987
por el cual se dictan normas en materia de Depositos de Ahorro.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Certificados De Depósito De Ahorro A Término Que Se Constituyan Con Un Plazo Igual O Inferior A Un Mes Devengarán Una Tasa De Interés Máxima Del 18% Anual Efectivo2Deróganse Los Decretos 708 De 1976, 2176 De 1977, 894 De 1981, 958 De 1982 Y 197 De 1984, Así Como Los Artículos 1º Del Decreto 1994 De 1972, 2º Y 3º Del Decreto 2473 De 1980, 1º Del Decreto 3728 De 1982, Y 1º Y 2º Del Decreto 1037 De 19833El Presente Decreto Rige Desde El 1º De Diciembre De 1987
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