DecretoVigente
Decreto 2002 de 1953
Por el cual se modifican los numerales c) y d) del artículo 5º del Decreto 1148 de 1953
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Artículo 5° Del Decreto 1148 De Mayo 7 De 1953 Quedará Así: "las Resoluciones Que Se Dicten Sobre Los Asuntos Que A Continuación Se Expresan, Se Publicarán Por Una Sola Vez En El Diario Oficial: A) Concesión De Fuerza Hidráulica; B) Concesión De Uso De Aguas; C) Adjudicación De Baldíos En Extensiones Mayores De Cincuenta Hectáreas; D) Permiso Para Explotar Bosques Nacionales En Extensiones Mayores De Quinientas Hectáreas; E) Permisos Para Ocupar Bienes De Uso Público; F) Por Las Cuales Se Declaran Cumplidas, Las Condiciones Resolutorias En Las Adjudicaciones De Baldíos; G) Por Las Cuales Se Faculta A Las Empresas Para Constituírse En Aseguradoras De Sus Empleados Y Obreros; H) Permiso Para Navegación Aérea Comercial, I) Por Las Cuales Se Reconocen Primas Para La Introducción De Reproductores O Por La Construcción De Bañaderas2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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