DecretoVigente
Decreto 1999 de 1992
por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto número 1989 del 10 de diciembre de 1992.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Artículo 1º Del Decreto Número 1989 Del 10 De Diciembre De 1992, Quedará Así: "convócase A Deliberaciones Al Consejo Nacional Laboral Para Que, Entre El 17 Y El 24 De Diciembre De 1992, Sirva De Organismo Consultor Del Gobierno Nacional, Para La Fijación Del Salario Mínimo, De Conformidad Con Lo Previsto En El Literal B), Del Artículo 3º De La Ley 54 De 1987"2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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