Micelio
DecretoDerogado

Decreto 1985 de 1991

por el cual se establecen unos derechos y se fijan unos honorarios.

9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1Fíjase En La Suma Equivalente A Quince (15) Salarios Mínimos Diarios, El Valor De Los Derechos Que Deben Pagar Los Productores, Exhibidores O Distribuidores De Películas Extranjeras De Largometraje, Para Cine En Formato 35 Mm2Fíjase En La Suma Equivalente A Ocho (8) Salarios Mínimos Diarios, El Valor De Los Derechos Que Deben Pagar Los Productores, Exhibidores O Distribuidores De Películas De Largometraje Nacional, Para Cine En Formato 35 Mm3Fíjase En La Suma Equivalente A Dos (2) Salarios Mínimos Diarios, El Valor De Los Derechos Que Deben Pagar Los Productores, Exhibidores O Distribuidores De Películas Extranjeras De Cortometraje, Para Cine En Formato 35 Mm4Las Películas De Cortometraje Nacionales, Para Cine O Video, Quedan Exentas Del Pago De Derechos Para Solicitar La Clasificación Del Comité De Clasificación De Películas5Las Películas Nacionales De Largometraje Producidas Por La Compañía De Fomento Cinematográfico "focine", Quedan Exentas Del Pago De Derechos Por Concepto De Solicitud Para Consideración Del Comité De Clasificación De Películas6La Secretaría Del Comité De Clasificación De Películas Exigirá Los Comprobantes De Pago De Los Derechos De Clasificación Para Programar Las Películas Ante Dicho Comité7Las Exhibiciones De Películas De Largometraje, Nacionales Y Extranjeras, Para Cine O Video Que Se Efectúen Con El Objeto De Resolver Recursos Interpuestos Contra Las Resoluciones Emanadas Del Comité De Clasificación De Películas, No Causarán El Pago De Derechos A Cargo Del Recurrente Ni Honorarios A Favor De Los Miembros Del Comité8Derógase El Decreto 1668 De 1988 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias9El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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