Micelio

Artículo 7

Las Exhibiciones De Películas De Largometraje, Nacionales Y Extranjeras, Para Cine O Video Que Se Efectúen Con El Objeto De Resolver Recursos Interpuestos Contra Las Resoluciones Emanadas Del Comité De Clasificación De Películas, No Causarán El Pago De Derechos A Cargo Del Recurrente Ni Honorarios A Favor De Los Miembros Del Comité

Decreto 1985 de 1991 · por el cual se establecen unos derechos y se fijan unos honorarios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las exhibiciones de películas de largometraje, nacionales y extranjeras, para cine o video que se efectúen con el objeto de resolver recursos interpuestos contra las resoluciones emanadas del Comité de Clasificación de Películas, no causarán el pago de derechos a cargo del recurrente ni honorarios a favor de los miembros del comité.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1985 de 1991