º Las exhibiciones de películas de largometraje, nacionales y extranjeras, para cine o video que se efectúen con el objeto de resolver recursos interpuestos contra las resoluciones emanadas del Comité de Clasificación de Películas, no causarán el pago de derechos a cargo del recurrente ni honorarios a favor de los miembros del comité.
Decreto 1985 de 1991 →Vigente
Artículo 7
Las Exhibiciones De Películas De Largometraje, Nacionales Y Extranjeras, Para Cine O Video Que Se Efectúen Con El Objeto De Resolver Recursos Interpuestos Contra Las Resoluciones Emanadas Del Comité De Clasificación De Películas, No Causarán El Pago De Derechos A Cargo Del Recurrente Ni Honorarios A Favor De Los Miembros Del Comité
Decreto 1985 de 1991 · por el cual se establecen unos derechos y se fijan unos honorarios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.