DecretoVigente
Decreto 1944 de 1980
Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase Él Acuerdo Número 12 De Julio 3 De 1980 Del Comité Racional De Cafeteros Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: "acuerdo Numero 12 De 1930 (Julio 3) El Comité Nacional De Cafeteros, En Usó De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que En Virtud Del Decreto 2078 De 1940 Y De Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y La Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron El 11 De Diciembre De 1940, Un Contrato Sobre Manejo Del Fondo Nacional Del Café E Intervención En Los Mercados Cafeteros Para El Desarrollo Del Convenio Interamericano Sobre Cuotas De Exportación, Contrato Que Ha Sido Adicionado Y Complementado Por Otros Sobre Prestación De Servicios Y Administración Y Manejo, Del Fondo Nacional Del Café, Celebrados Entre Las Mismas Partes Con El Objeto Dé Solucionar De Acuerdo Con La Experiencia, Obtenida En El Desarrollo Del Mismo, Aquéllos Puntos Que No Es Habían Podido Prever Originalmente A Fin De Darla Desarrollo Y Cumplimiento, A Normas Legales Y A, Disposiciones De Los Congresos Cafeteros Y Que La Federación Nacional De Cafeteros, Con Recursos Del Fondo Nacional Del Café, Es Accionista, De Las Corporaciones Financieras Del Norte S2Artículo 23Artículo 32El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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