DecretoVigente
Decreto 1928 de 1961
Por medio del cual se reglamentan parcialmente las Leyes 123 de 1959 y 48 de 1961
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Operaciones De Avance Que Realice El Gobierno Nacional Con El Banco De La República, Con Base En Las Autorizaciones Conferidas En La Ley 43 De 1961, Constituyen Una Utilización Anticipada De Los Fondos Provenientes Del Empréstito Con La Asociación Internacional De Desarrollo Y Con El Banco Internacional De Reconstrucción Y Fomento, En Desarrollo De Las Autorizaciones Dadas Por La Ley 123 De 19592Este Decreto Rige Desde Su Expedición
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