Micelio

Artículo 1

Las Operaciones De Avance Que Realice El Gobierno Nacional Con El Banco De La República, Con Base En Las Autorizaciones Conferidas En La Ley 43 De 1961, Constituyen Una Utilización Anticipada De Los Fondos Provenientes Del Empréstito Con La Asociación Internacional De Desarrollo Y Con El Banco Internacional De Reconstrucción Y Fomento, En Desarrollo De Las Autorizaciones Dadas Por La Ley 123 De 1959

Decreto 1928 de 1961 · Por medio del cual se reglamentan parcialmente las Leyes 123 de 1959 y 48 de 1961

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las operaciones de avance que realice el Gobierno Nacional con el Banco de la República, con base en las autorizaciones conferidas en la Ley 43 de 1961, constituyen una utilización anticipada de los fondos provenientes del empréstito con la Asociación Internacional de Desarrollo y con el Banco internacional de Reconstrucción y Fomento, en desarrollo de las autorizaciones dadas por la Ley 123 de 1959.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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