DecretoVigente
Decreto 1926 de 1992
por el cual se establece un plazo para que las personas a que se refiere el artículo 11 del Decreto 1136 de 1992 en cumplimiento a lo allí establecido.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Establécese Un Plazo De 6 Meses Contados A Partir De La Fecha De Publicación De Este Decreto, Para Que Las Personas Que En El Momento De Entrar En Vigencia El Decreto 1136 De 1992 Y Que Entonces Se Encontraban Ejerciendo Actividades De Operadores De Transporte Multimodal, Den Cumplimiento A Lo Prescrito En Dicha Norma2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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