DecretoVigente
Decreto 1914 de 1935
Por el cual se reforma el artículo 61 del decreto número 956 de 30 de mayo de 1931
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 161De Este Decreto, Quedará Así: "anualmente O Antes Y Cada Vez Que Sea Solicitado Por Cualquier Ciudadano, Los Alcaldes Harán El Contraste O Revisión De Pesas, Medidas E Instrumentos De Pesar Y De Medir, Y Si Encontraren Que Cualquiera De Estos Elementos No Reúne Las Condiciones Del Sistema Métrico Decimal, Oficialmente Adoptado Por El Gobierno, Impondrán Al Dueño O Tenedor Una Multa De Veinticinco ($ 25) A Cincuenta Pesos ($ 50), Por Cada Pesa O Medida, O Por Cada Instrumento De Pesar O De Medir, Que No Estén Ajustados A Lo Dispuesto En Este Decreto, Sin Perjuicio De Condenar Tales Instrumentos
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