DecretoVigente
Decreto 186 de 1925
Por el cual se reglamentan los pagos
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Desde La Publicación De Este Decreto, Los Pagos Por Sueldos A Los Empleados Públicos, Se Harán Por Décadas, Quincenas O Meses Vencidos, A Voluntad, En La Forma Siguiente: Los Empleados Que Son Pagados Por Mensualidades, Tienen Derecho A Recibir La Totalidad De Su Sueldo Una Vez Vencido El Mes, Sin Tener En Cuenta El Número De Días Que Éste Tenga2Queda Terminantemente Prohibido A Todo Contador Pagador Efectuar Cualesquiera Avances A Buena Cuenta De Sueldos Por Vencer, Lo Mismo Que Toda Clase De Giros En Contra De Sueldos Por Vencer3Los Pagos Por Sueldos Serán Por Servicios Rendidos Y Deben Comprobarse Debidamente En La Forma Establecida Por El Departamento De Contraloría
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