DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1859 de 1989
Por el cual se dictan medidas conducentes al restablecimiento del orden público.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio El Territorio Nacional, Los Funcionarios Que Cumplan Funciones De Policía Judicial En Relación Con Los Delitos De Narcotráfico Y Conexos, Así Como Los Previstos En El Decreto 180 De 1988 Y Disposiciones Que Lo Adicionan Y Modifican, Dispondrán De Un Término De Siete (7) Días Hábiles Para Enviar Al Funcionario De Instrucción Competente Las Diligencias A Que Se Refiere El Título Ii, Del Libro Segundo, Del Código De Procedimiento Penal2Dentro Del Término De Siete (7) Días Hábiles De Que Trata El Artículo Anterior Las Retenidas Permanecerán Incomunicadas Y Los Plazos Para La Recepción De Indagatoria Se Empezarán A Contar A Partir Del Vencimiento Del Expresado Término3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Suspende Las Normas Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto 1038 de 1984, y
- Orlando VasquezvelasquezEl Ministro de Gobierno
- Julio Londoño ParedesEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Monica De Greiff LindoLa Ministra de Justicia
- Luis Bernardo Florez EncisoEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público · encargado
- Gabriel Rosas VegaEl Ministro de Defensa Nacional, Oscar Botero Restrepo. El Ministro de Agricultura
- Maria Teresa Forero De SaadeLa Ministra de Trabajo y Seguridad Social
- Margarita Mena De QuevedoEl Ministro de Salud, Eduardo Diaz Uribe. El Ministro de Desarrollo Económico, Carlos Arturo Marulanda Ramirez. El Ministro de Minas y Energía
- Carlos Lemos SimmondsEl Ministro de Educación Nacional, Manuel Francisco Becerra Barney. El Ministro de Comunicaciones
- Luz Priscila Ceballos OrdóñezEl Ministro de Obras Públicas y Transporte