Decreto
Decreto 184405031 de 1844
Aprobando el artículo del decreto de la Cámara provincial de Casanare que establece una contribucion a favor del privilejio concedido para componer el camino de Támara a Aguablanca
2artículos
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01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12O Del Decreto Espedido Por La Cámara Provincial De Casanare En 7 De Octubre De 1843, Por El Que Se Establece Una Contribucion En Favor Del Privilejio Concedido Para Componer El Camino Que Parte En La Parroquia De Támara Para El Sitio De Aguablanca, I De Allí A La Laguna De Venado, En Donde Se Encuentra El Camino Que Sigue Para Los Lugares De La Provincia De Tunja
03
Firmas
Congreso de la República
- Juan De La Cruz Obispo De AntioquíaEl Presidente del Senado
- Miguel S. UribeEl Presidente de la Cámara de Representantes
- José Maria SaizEl Senador Secretario
- Juan Antonio CaroEl Representante Secretario
- Mariano OspinaEl Secretario de Estado del Despacho de lo Interior
- Felipe S. PerdomoEl Presidente de la Cámara
- Lorenzo S. MantillaEl Secretario