DecretoVigente
Decreto 1839 de 1969
por el cual se fija el valor diario de las raciones para reclusos en los establecimientos carcelarios del país.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir De La Fecha, Fijase El Valor Diario De Las Raciones Alimenticias Que Se Suministran A Los Reclusos De Los Establecimientos Carcelarios En El País, Así: A) Penitenciaria, Colonia Penal De Oriente (Acacías), Cárceles De Distrito, Cárceles De Juzgado Superior, Cárceles De Circuito, Cárceles Municipales Y De Reclusión De Mujeres, La Suma De Cinco Pesos ($ 52Los Gastos Que Demande El Cumplimiento Del Presente Decreto Se Atenderán Por Conducto De La Jefatura De La División De Presupuestos Del Ministerio De Justicia, Con Cargos Al Artículo 1332, Capítulo 131, Del Presupuesto De La Actual Vigencia3Confírmarse Los Giros Efectuados En Desarrollo De La Resolución 205 De 20 De Enero Del Año En Curso, Expedida Por El Ministro De Justicia4El Presente Decreto Rige A Partir De Su Expedición
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