DecretoDerogado
Decreto 1820 de 1977
Por el cual se modifica el artículo 3º del Decreto 2248 de 1972
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Artículo 3° Del Decreto 2248 De 1972 Quedará Así: "artículo 3° A Las Ofertas De Bienes Originarios Y Provenientes De Otros Países, Se Les Dará El Mismo Tratamiento Que A Las Ofertas De Bienes Nacionales, Cuando En Dichos Países Se Otorguen En Las Compras Oficiales Un Tratamiento Efectivamente Igual A Los Bienes De Origen Colombiano2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
03