DecretoVigente
Decreto 175 de 1934
Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto de la vigencia en curso
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Hacense Los Siguientes Traslados En La Ley De Apropiaciones De La Vigencia Fiscal De 1934: Ministerio De Obras Públicas Capitulo 71 Construcción De Carreteras2El Ministerio De Obras Publicas Librara Los Giros Correspondientes Para Los Gastos Que Ocasione La Construcción De La Carretera De Chiquinquirá A Muzo, A Favor Del Contador Pagador De La Misma Obra, Conservando La Organización Dada A La Misma En El Año Pasado Por El Poder Ejecutivo, En Decretos Originarios Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público
03