º. Hacense los siguientes traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1934: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS CAPITULO 71 Construcción de carreteras. Del artículo 357. Para la construcción de la carretera del Noroeste. 50.000 Del artículo 359. Para la construcción del camino nacional de Chocontá al Meta y para el ramal que ha de comunicar a Tibirita con dicha carretera 20.000 Al artículo 300 L. Para los gastos de personal y material que ocasione la construcción de la carretera de Chiquinquirá a Muzo $70.000 Sumas iguales$70.00070.000
Decreto 175 de 1934 →Vigente
Artículo 1
Hacense Los Siguientes Traslados En La Ley De Apropiaciones De La Vigencia Fiscal De 1934: Ministerio De Obras Públicas Capitulo 71 Construcción De Carreteras
Decreto 175 de 1934 · Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto de la vigencia en curso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.