DecretoVigente
Decreto 174 de 1990
por el cual se señala el valor de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante, UPAC, para los efectos del Decreto-ley 468 de 1986.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1En Desarrollo Del Artículo 15 Del Decreto Extraordinario 468 De 11 De Febrero De 1986 Y Para Los Efectos Previstos En El Mismo Estatuto, Señálase El Valor De La Unidad De Poder Adquisitivo Constante, Upac, Para El Presente Año, En La Suma De Dos Mil Trescientos Cincuenta Y Dos Pesos Con 28/100 ($22Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Publicación
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Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las atribuciones que le confiere el numeral 3° del artículo 120 de la Constitución Nacional y en especial del artículo 15 del Decreto-ley 468 de 1986
- Carlos Enrique Garzón GonzálezEl Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, “Dainco”