Micelio
DecretoVigente

Decreto 1710 de 1939

Por el cual se reglamenta el artículo 2º de la Ley 64 de 1938

4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1Cuando, Personas Naturales O Jurídicas, Con El Apoyo De Entidades Oficiales Y Sin Él, Formen Sociedades Anónimas Para La Construcción Y Establecimiento De Hoteles Modernos En Las Capitales De Departamento, En Los Puertos Marítimos, En Poblaciones Aptas Para Turismo, A Juicio Del Gobierno, En Lugares Donde Terminen Ferrocarriles O Carreteras, O En Donde Haya Conexión Con Vías Nacionales, El Gobierno Cooperará A Tales Construcciones O Establecimientos En La Siguiente Forma: Los Derechos De Aduana Para Los Materiales De Construcción, Los Muebles Y Toda Clase De Implementos Necesarios Para La Construcción Y Establecimiento Del Hotel2En Desarrollo Del Artículo Anterior, Los Gerentes De Sociedades Anónimas Que Se Constituyan Con El Objeto De Construir Y Establecer Hoteles, Mediante Previo Contrato Celebrado Con El Gobierno, Podrán Aprovechar La Cooperación Nacional, Y Para Tal Fin Elevarán A La Sección De Aduanas Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Una Solicitud, Tendiente A Obtener La Autorización Para Introducir Al País Los Elementos Y Enceres Que Sean Necesarios3A Medida Que Los Artículos Pedidos Vayan Llegando A La Aduana, El Administrador Procederá A Liquidar Los Derechos Correspondientes A Cada Introducción, Y En Pago De Estos Derechos Recibirá Certificados Provisionales, Expedidos Por Los Gerentes De Las Respectivas Sociedades, Certificados Que Serán Cambiados Por Acciones Definitivas De Las Sociedades, Las Cuales Deben Reunir Todas Las Condiciones Establecidas En Los Estatutos De La Sociedad4El Valor De Los Fletes Férreos Que Se Causen Por El Transporte De Artículos Para Los Hoteles, Por Los Ferrocarriles Nacionales, Serán Percibidos En La Misma Forma Que Se Determina En El Artículo Anterior
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Firmas