DecretoVigente
Decreto 1696 de 2007
por medio del cual se modifica el Decreto 669 de 2007.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónese Un Numeral Al Artículo 2° Del Decreto 669 De 2007, Así: “152Modifíquese El Numeral 8 Y Adiciónese Un Numeral Al Artículo 4° Del Decreto 669 De 2007, Así: “83Modifíquese El Inciso 2° Del Artículo 11 Del Decreto 669 De 2007, El Cual Quedará Así: Toda Transacción De Acciones, Independiente Del Monto, Debe Realizarse A Través De Bolsa, Salvo Cuando Se Trate De Acciones De Empresas Donde El Estado Colombiano Tenga Participación O De Adquisiciones En El Mercado Primario4Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial por las conferidas en el artículo 189 numerales 11 y 25 de la Constitución Política, el artículo 31 literal d) del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el artículo 100 de la Ley 100 de 1993
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público