DecretoVigente
Decreto 1691 de 1990
por el cual se crea una Comisión de Desarrollo Social.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase La Comisión De Desarrollo Social Para El Area Metropolitana De Medellín, La Cual Estará Adscrita Al Ministerio De Gobierno E Integrada Por Las Siguientes Personas: 12Correspondiente A La Comisión De Desarrollo Social, Cumplir Con Las Siguientes Funciones: 13La Comisión De Desarrollo Social Se Reunirá Al Menos Dos Veces Por Mes4La Comisión De Desarrollo Social Podrá Establecer Las Subcomisiones O Grupos De Trabajo Que Considere Necesarios Para El Cumplimiento De Sus Funciones5La Comisión De Desarrollo Social Rendirá Informes Bimestrales Al Presidente De La República6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 1° del Decreto-ley 1050 de 1968, y
- Horacio Serpa UribeEl Ministro de Gobierno
- Roberto Salazar ManriqueEl Ministro de Justicia
- María Teresa Forero De SaadeLa Ministra de Trabajo y Seguridad Social
- Eduardo Díaz UribeEl Ministro de Salud
- Adolfo Miguel Polo SolanoEl Viceministro de Educación Nacional, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Educación Nacional · encargado
- Luis Bernardo Flórez EncisoEl Jefe del Departamento Nacional de Planeación