DecretoVigente
Decreto 1660 de 1986
Por el cual se reglamentan las disposiciones legales dictadas en favor de la pequeña y mediana industria.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Para El Otorgamiento De Crédito De Fomento Y En General Para Todos Los Efectos Legales, Cuando Una Disposición Se Refiera A La Expresión "pequeña Y Mediana Industria", Se Entenderá Por Tal Todas Aquellas Personas Naturales O Jurídicas Dedicadas A Industrias Manufactureras, Que Cumplan Simultáneamente Con Las Dos Siguientes Condiciones Operativas: A) Que La Planta De Personal De La Empresa No Exceda De Ciento Noventa Y Nueve (199) Trabajadores, Y B) Que Sus Activos Totales No Excedan De Ciento Cuarenta Millones De Pesos ($ 140 Millones)2º El Guarismo Referente A Los Activos Totales Se Modificará Anualmente, A Partir Del 1º De Enero De 1988, Reajustándose En Una Cifra Equivalente Al 50% De La Tasa De Inflación Del Año Inmediatamente Anterior, Calculada Según El Índice De Precios Al Consumidor3º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Especialmente El Decreto Número 1561 Del 22 De Junio De 1984, Y Demás Normas Que Le Sean Contrarias
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