DecretoVigente
Decreto 1652 de 1979
Por medio del cual se autoriza la promoción y organización de una sociedad de economía mixta y se autoriza a algunas entidades para suscribir aportes
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorízase Al Instituto Colombiano De Cultura Para Adoptar Las Acciones Que Considere Necesarias Para La Promoción Y Organización De Una Sociedad Con Aportes De Capitales Públicos Y Privados, Denominada "procultura"2La Sociedad Procultura, S3Con El Objeto De Iniciar Adecuadamente La Conformación De Esta Entidad Y Finalizar Los Estudios Y Proyectos Necesarios Para Su Adecuada Organización Y Funcionamiento, Autorízase La Creación De Una Sociedad Denominada "procultura, Limitada", Cuyos Aportes, Tanto Públicos Como Privados, Serán Considerados Como Gastos Previos De Operación De Procultura, Sociedad Anónima, Y, Por Lo Tanto, Reembolsables En Acciones De La Misma, A Su Valor Nominal4Finalizado El Objetivo Estatutario De Procultura Limitada, La Sociedad Se Transformará En Procultura, Sociedad Anónima, Cumplidos Que Sean Todos Los Requisitos Necesarios Para El Perfeccionamiento De Este Acto, Y Subrogándose Esta Última Entidad En Todos Los Derechos Y Obligaciones De La Primera5Autorízase A Las Siguientes Entidades Del Estado Para Que, Previo El Cumplimiento De Sus Reglamentaciones Internas Y La Aprobación Del Gasto Por Parte De Su Junta Directiva, Realicen Aportes En La Conformación De Procultura Limitada, Y Subsiguientemente De Procultura, S6La Vinculación De Otras Entidades Del Estado Al Capital De Procultura Se Considera De Interés Por El Gobierno, Y Para Ello, A Más Del Cumplimiento De Los Requisitos Exigidos Por Sus Reglamentaciones Internas, Estas Entidades, Para Dar Cumplimiento A Los Prescrito En Los Decretos 1050 Y 3130 De 1968, Podrán Suscribir Promesas De Aportación, Sujetas Para Su Validez Únicamente Al Requisito De Aprobación Del Aporte Por Medio De Decreto Ejecutivo7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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