Micelio

Artículo 3

Con El Objeto De Iniciar Adecuadamente La Conformación De Esta Entidad Y Finalizar Los Estudios Y Proyectos Necesarios Para Su Adecuada Organización Y Funcionamiento, Autorízase La Creación De Una Sociedad Denominada "procultura, Limitada", Cuyos Aportes, Tanto Públicos Como Privados, Serán Considerados Como Gastos Previos De Operación De Procultura, Sociedad Anónima, Y, Por Lo Tanto, Reembolsables En Acciones De La Misma, A Su Valor Nominal

Decreto 1652 de 1979 · Por medio del cual se autoriza la promoción y organización de una sociedad de economía mixta y se autoriza a algunas entidades para suscribir aportes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Con el objeto de iniciar adecuadamente la conformación de esta entidad y finalizar los estudios y proyectos necesarios para su adecuada organización y funcionamiento, autorízase la creación de una sociedad denominada "Procultura, Limitada", cuyos aportes, tanto públicos como privados, serán considerados como gastos previos de operación de Procultura, Sociedad Anónima, y, por lo tanto, reembolsables en acciones de la misma, a su valor nominal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1652 de 1979