DecretoVigente
Decreto 165 de 1997
por el cual se dictan disposiciones sobre reducción del gasto público en materia de contratos de asesoría y consultoría, viajes internacionales, publicidad oficial y se dictan otras disposiciones.
22artículos
0arts. con control
2sentencias
2inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
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2Inexequible
Sentencias que la revisaron · 2
02
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1Campo De Aplicación2El Numeral Tercero Del Artículo 32 De La Ley 80 De 1993, Quedará Así: 33Artículo 34Campo De Aplicación5Las Restricciones En Materia De Comisiones Al Exterior Que Se Establecen En El Artículo 6 De Este Decreto, Se Aplicarán También A Los Demás Órganos Y Entidades Señalados En El Artículo 16Sobre Comisiones De Servicios Y Estudios Al Exterior7A Partir De La Fecha De Vigencia Del Presente Decreto, Las Comisiones Al Exterior Serán Conferidas Mediante Decreto Ejecutivo, Previa Expedición Del Certificado De Disponibilidad Presupuestal Correspondiente8Artículo 89Artículo 910Artículo 1011Artículo 1112En Ningún Caso, A Las Personas Que Se Les Otorgue Comisión De Servicios De Conformidad Con Las Presentes Disposiciones, Se Les Podrá Otorgar Gastos De Representación13Se Podrá Conferir Comisión De Estudios En El Exterior Al Servidor Público Que Tenga Por Lo Menos Un (1) Año Continuo De Servicio En La Respectiva Entidad Y Para Tal Efecto, Además De Las Autorizaciones De La Junta, Consejo Directivo O Superior, Respectivos, Cuando A Ello Haya Lugar, Deberán Cumplirse Los Siguientes Requisitos, Sin Excepción: Convenio Mediante El Cual El Comisionado Se Compromete A Prestar Sus Servicios A La Entidad Por El Doble Del Tiempo De Duración De La Comisión, Y Póliza De Garantía De Cumplimiento Por El Término Señalado En El Aparte Anterior Y Un (1) Mes Más, Y Por El Cincuenta Por Ciento (50%) Del Valor Total De Los Gastos En Que Haya Incurrido La Entidad Con Ocasión De La Comisión De Estudios Y Los Sueldos Que El Funcionario Pueda Devengar Durante El Transcurso De Su Permanencia En El Exterior14A La Solicitud De Autorización De Comisión De Estudios En El Exterior Deberá Acompañarse Concepto Favorable Del Icetex, Cuando Se Trate De Beca Otorgada A Través De Dicho Organismo15Artículo 1516En Toda Clase De Comisiones, El Comisionado Deberá Presentar Ante La Autoridad Nominadora Dentro De Los Tres (3) Días Siguientes A La Fecha De Regreso Un Informe Detallado Sobre Las Actividades Cumplidas En Desarrollo De La Comisión17Artículo 1718Artículo 1819Artículo 1920Para Garantizar La Transparencia En La Gestión Pública, Y En Concordancia Con Lo Dispuesto Por El Artículo 41 Numeral 1 De La Ley 200 De 1995, No Podrán Conferirse Comisiones Al Interior Ni Al Exterior Cuyos Gastos Sean Sufragados Por Particulares Que Tengan Interés Directo O Indirecto En La Gestión21Artículo 2122Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Modifica En Lo Pertinente El Artículo 22 Del Decreto 2400 De 1968 Y Deroga Los Decretos 1666 De 1991, 154 De 1995, El Artículo 13 Del Decreto 126 De 1996, El Decreto 2090 De 1996, Y Los Decretos 2117 Y 2197 De 1996
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 215 de la Constitución Política y en desarrollo de lo dispuesto por el Decreto 80 del 13 de enero de 1997, y
- Horacio Serpa UribeEl Ministro del Interior
- Camilo Reyes RodríguezEl Viceministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores · encargado
- Carlos Eduardo Medellín BecerraEl Ministro de Justicia y del Derecho
- José Antonio Ocampo GaviriaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Harold Bedoya PizarroEl Comandante General de las Fuerzas Armadas Militares, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Defensa · encargado
- Cecilia López MontañoLa Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural
- Orlando Cabrales MartínezEl Ministro de Desarrollo Económico
- Rodrigo Villamizar AlvargonzálezEl Ministro de Minas y Energía
- Morris Harf MeyerEl Ministro de Comercio Exterior
- Jaime Niño DíezEl Ministro de Educación Nacional
- José Vicente Mogollón VélezEl Ministro del Medio Ambiente
- Orlando Obregón SabogalEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- María Teresa Forero De SaadeLa Ministra de Salud
- Saulo Arboleda GómezEl Ministro de Comunicaciones
- Carlos Hernán López GutiérrezEl Ministro de Transporte