Para garantizar la transparencia en la gestión pública, y en concordancia con lo dispuesto por el artículo 41 numeral 1 de la Ley 200 de 1995, no podrán conferirse comisiones al interior ni al exterior cuyos gastos sean sufragados por particulares que tengan interés directo o indirecto en la gestión.
Artículo 20
Para Garantizar La Transparencia En La Gestión Pública, Y En Concordancia Con Lo Dispuesto Por El Artículo 41 Numeral 1 De La Ley 200 De 1995, No Podrán Conferirse Comisiones Al Interior Ni Al Exterior Cuyos Gastos Sean Sufragados Por Particulares Que Tengan Interés Directo O Indirecto En La Gestión
Decreto 165 de 1997 · por el cual se dictan disposiciones sobre reducción del gasto público en materia de contratos de asesoría y consultoría, viajes internacionales, publicidad oficial y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.