DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1551 de 1954
Por el cual se auxilian algunos planteles de alfabetización
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Gobierno Auxilia Las; Siguientes Escuelas De Alfabetización Y Escuelas Parroquiales, Y Destina Las Sumas Que En Cada Caso Se Determina, Así: Para 14 Escuelas De Alfabetización Para La Zona Escolar Del Caquetá, A $ 2002Las Escuelas De Alfabetización De Los Territorios Nacionales Y Las Escuelas Parroquiales Seguirán Los Programas Oficiales De 1º Y 2º Año De Educación Primaria3Los Auxilios Para Las Escuelas De Alfabetización Serán Girados A Los Respectivos Prefectos Apostólicos De Arauca, Amazonas Y San Andrés Y Providencia, Al Vicario Apostólico Del Caquetá, Y A Los Párrocos De Los Respectivos Sitios Donde Funcionan Las Escuelas Parroquiales Previo El Comprobante De Funcionamiento Del Plantel Durante El Mes A Que Se Refiere La Cuenta De Cobro, Por Medio De Un Certificado Expedido Por La Primera Autoridad Política Del Lugar4Los Auxilios A Que Se Refiere El Presente Decreto Deberán Cobrarse Con Retroactividad Al Primero (1º) De Febrero Del Corriente Año5Los Gastos Que Ocasione El Presente Decreto Serán Tomados Del Capítulo 87, Artículo 884 Del Presupuesto Nacional Vigente
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Teniente General Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno, encargado del Ministerio de Educación Nacional · encargado
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Brigadier General Gabriel ParisEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público