DecretoVigente
Decreto 1500 de 1988
por el cual se incrementa la planta de personal en algunos despachos judiciales, se crean algunos juzgados en el Distrito Especial de Bogotá y se dictan otras disposiciones.
10artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase El Cargo De Un (1) Escribiente, Grado 4 En Los Siguientes Despachos Judiciales: Juzgados 1° Y 2° Penales Municipales De Bosa2Créase El Cargo De Un (1) Escribiente, Grado 5 En Los Juzgados 1° Y 2° Penales Municipales De Usaquén Y En El 1° Promiscuo Municipal De Usme3Créase El Cargo De Un (1) Escribiente, Grado 4 En Los Siguientes Despachos Judiciales: Juzgados 1° Y 2° Civiles Municipales De Bosa4Créase El Cargo De Un (1) Oficial Mayor, Grado 8 En Los Siguientes Despachos Judiciales: Juzgados 1° Y 2° Civiles Municipales De Fontibón5Créase El Cargo De Un (1) Escribiente, Grado 5 En Los Siguientes Despachos Judiciales: Juzgados 1° Y 2° Civiles Municipales De Fontibón6Créanse En Bogotá, D7Créanse Seis (6) Juzgados Civiles Municipales, Para Los Municipios Anexos Al Distrito Especial De Bogotá, Con La Siguiente Planta De Personal: 1 Juez, Grado 158Créanse Diez (10) Juzgados Penales Municipales Para Los Municipios Anexos Al Distrito Especial De Bogotá, Con La Siguiente Planta De Personal: 1 Juez, Grado 159Los Juzgados 1° Y 2° Promiscuos Municipales De Usme Pasarán A Ser Juzgados 1° Penal Municipal Y 1° Civil Municipal De Usme, Respectivamente10El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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