DecretoVigente
Decreto 147 de 1924
Por el cual se cambian los lugares de acantonamiento de las Secciones de Policía de Fronteras creadas por Decreto número 1094, de 2 de agosto de 1923
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Destínanse Las Dos Secciones De Policía De Fronteras Creadas Por El Decreto Número 1094, De 3 De Agosto De 1923 Y Que Prestaban Sus Servicios En Los Litorales Del Atlántico Y El Pacífico A Recorrer Las Provincias De Occidente En Boyacá Vélez Y Socorro En Santander Del Sur, Con El Objeto De Persiguir Las Cuadrillas De Malhechores Que En Esas Provincias Merodean Con Perjuicio De La Tranquilidad Pública2Los Comisarios Jefes De Las Expresadas Secciones Tendrán El Carácter De Funcionarios De Instrucción Para Adelantar Las Investigaciones Sumarias Por Los Delitos Que Hayan Cometido Las Citadas Cuadrillas De Malhechores3Por La Dirección General De La Policía Nacional Se Dispondrá Lo Conveniente Para Que Este Decreto Tenga Cumplimiento, Despachado Las Secciones Con Los Elementos Indispensables
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