DecretoVigente
Decreto 1467 de 1992
por el cual se dictan normas relacionadas con el Registro de Proponentes y la licitación del servicio de telefonía móvil celular y se dictan otras disposiciones.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Amplíase En Dos Meses Calendario El Plazo Del Registro De Proponentes Establecido En El Decreto 864 De Junio 2 De 19922Se Modifica El Anexo 1 Del Decreto 2824 De 1991 En El Sentido De Que El Municipio De Urumita Hace Parte Del Grupo Número 2 Y Deja De Formar Parte Del Grupo Número 5, Y Los Municipios De Apartadó, Turbo, Necoclí, Puerto Berrío Y Puerto Triunfo Pasan A Formar Parte Del Grupo Número 3, Y Dejan De Formar Parte De Los Respectivos Grupos En Los Que Estaban En Virtud De Dicho Anexo, Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Modifica Parcialmente Anexo Decreto 2824 De 19913El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha, De Su Publicación Y Deroga Las Normas Reglamentarias Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial de las que le confiere el artículo 1º de la Ley 72 de 1989 y los Decretos - leyes 1900 y 1901 de 1990
- William Jarramillo Gó MezEl Ministro de Comunicaciones
- Armando MontenegroEl Jefe del Departamento Nacional de Planeación