DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1420 de 1972
Por el cual se asigna categoría a unos puertos y se dictan otras disposiciones
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1De Conformidad Con Lo Dispuesto Por El Artículo 12 Del Decreto Legislativo Número 3183 De 1952, Asígnase La Segunda Categoría A Los Puertos Fluviales De Amanaven (Vichada) Y San Felipe (Guanía)2La Dotación De Personal Para Las Capitanías De Puerto De Que Trata El Artículo Anterior Será La Determinada Por El Artículo 2º, Numeral Vi Del Decreto 495 De 19683Los Requisitos, Funciones Y Atribuciones De Los Empleados Para Desempeñar Los Cargos De Las Capitanías De Puerto, Serán Los Mismos Que Consagra, El Artículo 3° Numeral Vi Del Decreto 495 De 1968 Y El Artículo 9º Del Decreto 2349 De 1971
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