DecretoVigente
Decreto 141 de 1939
Por el cual se modifica el Decreto número 1787 de 1926
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, El Rector De La Escuela De Farmacia Y El Secretario De La Comisión De Especialidades Farmacéuticas, No Cobrarán A Los Interesados Los Derechos Fijados Por El Artículo 4º Del Decreto Número 1787 De 19262Destínanse Los Fondos Depositados En El Instituto Nacional De Higiene Samper Martínez, Por Concepto De Los Derechos Fijados Por El Decreto Citado, A Los Gastos Que Demande La Elaboración Y Publicación De La Lista De Las Especialidades Farmacéuticas Licenciadas, Los Que Serán Determinados Por El Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social3La Comisión De Especialidades Farmacéuticas Tendrá Un Máximum De Cinco Sesiones Por Mes
03