DecretoDerogado
Decreto 138 de 1994
por el cual se dictan normas en materia salarial
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º La Remuneración Mensual Para El Empleo De Experto De Comisión Reguladora Código 0090 De Los Ministerios De Comunicaciones, Desarrollo Económico Y Minas Y Energía, Será De Un Millón Seiscientos Treinta Y Tres Mil Quinientos Pesos ($12º El Artículo 1º Del Decreto 131 De 1994, Quedará Así: Artículo 1 º El Comisionado Nacional Para La Policia Tendrá Derecho A Una Asignación Básica Mensual De Novecientos Sesenta Y Ocho Mil Pesos ($9683º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga El Artículo 1º Del Decreto 1171 De 1993 Y El Artículo 1º Del Decreto 131 De 1994 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1994
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4º de 1992
- Héctor José Cadena ClavijoEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- General Ramón Emilio Gil BermúdezEl Comandante de las Fuerzas Militares, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Defensa Nacional · encargado
- Jorge Eliecer Sabas BedoyaEl Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública · encargado