DecretoVigente
Decreto 1340 de 1924
Por el cual se adiciona el marcado con el número 899 de 1907
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Cuando El Ministerio De Guerra Necesite Prestar Algún Servicio Urgente Con Los Barcos De La Flotilla Fluvial De Guerra Y No Les Fuera Posible A Los Comandantes De Dichos Barcos Demorarse Hasta Obtener El Permiso De Los Inspectores De Navegación, Podrán Zarpar Sin Tal Requisito2Queda En Estos Términos Reformado El Artículo 29 Del Decreto Número 899, De Fecha 1º De Agosto De 1907
03