DecretoVigente
Decreto 1315 de 1972
Por el cual se modifica el Decreto legislativo número 1989 de 1971
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Numeral 3° Del Artículo 1° Del Decreto Legislativo Número 1989 De 1971 Quedaré, Así; "los Delitos Intencionales De Homicidio Y De Lesiones Personales Que Se Cometan Contra Los Miembros De Las Fuerzas Armadas Y Los Civiles Que Se Hallen Al Servicio De Las Mismas, Excepto Los Ocasionados En Riñas Que Se Originen Por Actos Extraños O Ajenos Al Servicio"2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Misael Pastrana BorreroPresidente de la República
- Abelardo Forero BenavidesEl Ministro de Gobierno
- Alfredo Vázquez CarrizosaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Miguel Escobar MéndezEl Ministro de Justicia
- Rodrigo Llorente MartínezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Hernando Currea CubidesEl Ministro de Defensa Nacional
- Hernán Jaramillo OcampoEl Ministro de Agricultura
- Crispín Villazón De ArmasEl Ministro de Trabajo
- José María Salazar BuchelliEl Ministro de Salud
- Hernando Agudelo VillaEl Ministro de Desarrollo Económico
- Rafael Caicedo EspinosaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Juan Jacobo MuñozEl Ministro de Educación
- Juan B. FernándezEl Ministro de Comunicaciones
- Argelino Duran QuinteroEl Ministro de Obras Públicas