° El numeral 3° del artículo 1° del Decreto legislativo número 1989 de 1971 quedaré, así; "Los delitos intencionales de homicidio y de lesiones personales que se cometan contra los miembros de las Fuerzas Armadas y los civiles que se hallen al servicio de las mismas, excepto los ocasionados en riñas que se originen por actos extraños o ajenos al servicio".
Decreto 1315 de 1972 →Vigente
Artículo 1
El Numeral 3° Del Artículo 1° Del Decreto Legislativo Número 1989 De 1971 Quedaré, Así; "los Delitos Intencionales De Homicidio Y De Lesiones Personales Que Se Cometan Contra Los Miembros De Las Fuerzas Armadas Y Los Civiles Que Se Hallen Al Servicio De Las Mismas, Excepto Los Ocasionados En Riñas Que Se Originen Por Actos Extraños O Ajenos Al Servicio"
Decreto 1315 de 1972 · Por el cual se modifica el Decreto legislativo número 1989 de 1971
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.